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El Tribunal Supremo absuelve al exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, por prescripción del delito de cohecho impropio

La Sala Penal estima el recurso del exmunícipe y anula su condena por un viaje a Creta en 2008 al considerar que los hechos han prescrito.

En un giro inesperado, el Tribunal Supremo ha dado la razón al exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, en el recurso que presentó contra su condena por cohecho impropio. La Sala Penal ha estimado que el delito por el que se le había condenado, un viaje a Creta en 2008, ha prescrito al haber transcurrido más de tres años desde su comisión hasta que se dirigió el procedimiento contra él.

La Audiencia Provincial condenó a Díaz Alperi a una pena de multa de 6.000 euros por este delito, mientras que al empresario Enrique Ortiz, también acusado en la causa, se le impuso una multa de 18.000 euros. La Audiencia absolvió al resto de acusados, entre ellos la exalcaldesa Sonia Castedo, por falta de pruebas o prescripción.

El Supremo confirma la condena de Ortiz, al rechazar su recurso, pero absuelve a Díaz Alperi al considerar que el delito por el que se le condenó ha prescrito. El tribunal argumenta que el hecho juzgado sucedió en agosto de 2008, mientras que el procedimiento contra él no se inició hasta octubre de 2012, es decir, cuatro años después. En ese momento, el plazo de prescripción del delito de cohecho impropio era de tres años, por lo que el Supremo considera que la acción penal ha prescrito.

La Fiscalía recurrió la absolución de algunos acusados, pero el Supremo ha desestimado su recurso y ha recordado que no es posible alterar el relato fáctico contenido en la sentencia de la Audiencia Provincial.

El caso se remonta al año 2010, cuando se investigaba la presunta existencia de amaños en la elaboración del Plan General de Ordenación Urbana de Alicante para favorecer los intereses del empresario Enrique Ortiz. La Audiencia Provincial consideró probado que Ortiz había regalado una chaqueta de la marca Carolina Herrera a la entonces alcaldesa, Sonia Castedo, con el objetivo de obtener favores urbanísticos.

La sentencia del Tribunal Supremo supone un jarro de agua fría para la acusación, que esperaba que el alto tribunal confirmara las condenas impuestas por la Audiencia Provincial. Sin embargo, la decisión del Supremo se basa en un argumento jurídico sólido y cierra definitivamente este capítulo judicial para Díaz Alperi.

A continuación, se ofrece un resumen de los puntos clave de la sentencia:

  • El Tribunal Supremo absuelve al exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, por prescripción del delito de cohecho impropio.
  • El Supremo confirma la condena del empresario Enrique Ortiz por cohecho.
  • La Fiscalía recurrió la absolución de algunos acusados, pero el Supremo ha desestimado su recurso.
  • La sentencia del Supremo supone un jarro de agua fría para la acusación.

Esta noticia ha generado gran expectación en Alicante, donde se sigue con interés la evolución de este caso judicial. La absolución de Díaz Alperi ha sido acogida con satisfacción por sus partidarios, mientras que sus detractores han criticado la decisión del Supremo.

En definitiva, la sentencia del Tribunal Supremo pone fin a un largo proceso judicial que ha estado en el foco de la atención pública durante varios años. La absolución de Díaz Alperi por prescripción del delito de cohecho impropio es una noticia relevante que tendrá un impacto significativo en la política alicantina.

 Resumen de la sentencia:

AcusadoDelitoPena
Luis Díaz AlperiCohecho impropioAbsuelto por prescripción
Enrique OrtizCohechoCondenado a multa de 18.000 euros
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