La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha tomado una decisión importante al reducir la pena del conocido como ‘el violador de los garajes’ de Alicante. Este individuo fue condenado en 2015 a 26 años de cárcel por dos delitos de Agresión sexual. Sin embargo, gracias a la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, también conocida como la ley del ‘solo sí es sí‘, su condena se ha reducido en un total de cuatro años.
La sentencia, emitida el 2 de abril y revelada por ABC, establece que la nueva regulación debe ser aplicada en su totalidad a este caso en particular. Por lo tanto, se considera adecuado disminuir las penas impuestas al condenado. El Tribunal Supremo ha valorado el recurso presentado por la defensa del agresor sexual contra el auto emitido en febrero de 2023 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, el cual había rechazado la revisión por considerarla «imponible» según la normativa actual.
Descubre la impactante historia de este violador multirreincidente, condenado por sus atrocidades que tuvieron lugar en los años 2005 y 2013. Los detalles de sus crímenes son aterradores y revelan la brutalidad de sus acciones.
Los Hechos
En el primer incidente, ocurrido en 2005, este individuo ingresó al garaje de una finca en Alicante, donde amenazó a una mujer con dos cuchillos carniceros, obligándola a desvestirse mientras la sometía a actos degradantes. La violencia de su ataque quedó plasmada en el testimonio de la víctima, quien fue forzada a realizar actos humillantes bajo amenazas.
Ocho años más tarde, en 2013, la pesadilla se repitió en otro aparcamiento de la misma ciudad. Nuevamente, una mujer fue abordada de manera violenta y amenazante, esta vez con un cuchillo en el cuello, siendo obligada a realizar actos sexuales degradantes hasta que el agresor eyaculó sobre ella, utilizando su ropa para limpiarse.
Antecedentes
Este violador ya había cometido su primera Agresión Sexual en 1998, cuando atacó a una mujer en San Vicente del Raspeig, mostrando un patrón de comportamiento violento y depravado a lo largo de los años.
La historia de este individuo es un recordatorio escalofriante de la crueldad que puede habitar en la mente de ciertas personas, así como la importancia de denunciar cualquier tipo de violencia de género y apoyar a las víctimas en su proceso de recuperación.
En el año 2013, se llevó a cabo la detención de un individuo que había estado operando de acuerdo a su ‘modus operandi’ durante un tiempo considerable. Sin embargo, en 2017, el Tribunal Supremo decidió no permitirle disfrutar de permisos penitenciarios ni libertad condicional debido a su peligrosidad. Esta decisión confirmó una sentencia previa de la Audiencia de Alicante, que había acumulado todas sus condenas, resultando en un total de 88 años y 6 meses de prisión, aunque el tiempo máximo de cumplimiento se estableció en veinte años.
Un caso que marcó un antes y un después
Fue en el año 2015 cuando la Audiencia de Alicante emitió dos condenas de 13 años de cárcel cada una, las cuales fueron ratificadas por el Tribunal Supremo. Sin embargo, la entrada en vigor de una nueva ley sobre libertad sexual llevó a los abogados del acusado a solicitar una revisión de su caso. Argumentaron que el nuevo marco Legal establecía una pena mínima de siete años en lugar de los doce anteriores.
Repercusiones de la nueva legislación
- El Tribunal Supremo rechazó adelantar beneficios al reo debido a su peligrosidad.
- La Audiencia de Alicante acumuló todas las condenas, resultando en 88 años y 6 meses de cárcel.
- La nueva ley de libertad sexual provocó una revisión del caso.
Este caso representa un hito en el sistema judicial, donde la interpretación y aplicación de la ley pueden tener un impacto significativo en la duración de las condenas. La constante evolución de la legislación demuestra la importancia de contar con un marco legal actualizado y adaptable a las necesidades de la Sociedad actual.
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