El Ayuntamiento de Alicante multará a Imed por construir dos plantas adicionales en su hospital privado

El Ayuntamiento de Alicante multará a Imed por construir dos plantas adicionales en su hospital privado

El alcalde de Alicante, Luis Barcala, ha confirmado que el Ayuntamiento tomará medidas contra Imed, la empresa responsable de erigir un hospital privado en Vistahermosa Norte con dos plantas construidas de manera ilegal. La Concejalía de Urbanismo emitió un decreto la semana pasada ordenando la detención de las obras que no cumplían con la licencia otorgada en noviembre de 2022.

En respuesta, la Concejalía ha iniciado un proceso para restaurar la legalidad, que podría incluir la demolición de las estructuras irregulares. Además, se ha abierto un expediente sancionador debido a las irregularidades presentes en la construcción del hospital en Vistahermosa, todas relacionadas con el incumplimiento de la licencia concedida en 2022.

En el sector de la construcción, es fundamental respetar las normativas urbanísticas para garantizar un desarrollo adecuado de las edificaciones. Recientemente, se han emitido decretos que afectan a la empresa Imed Hospitales, señalando que parte de su construcción excede la licencia otorgada, lo que la convierte en una situación ilegalizable actualmente. Esto implica la necesidad de modificar el Plan Parcial del sector Vistahermosa Norte para ajustarse a la legalidad vigente.

Índice
  1. Incumplimiento de normativas y sanciones
    1. Proceso de restauración de la legalidad urbanística
  2. Informe del Departamento Técnico de Control de Obras
  3. Procesos en marcha en el Ayuntamiento de Alicante
    1. Proceso de restablecimiento de la legalidad urbanística
  4. Implicaciones del Decreto en la Legalización de Obras
    1. Pasos a Seguir
  5. Restauración según el artículo 257.1 de la Lotup
  6. Expediente sancionador a MPT Alicante, S. L.

Incumplimiento de normativas y sanciones

El ayuntamiento ha destacado que los trabajos realizados por la empresa constituyen una infracción grave de la normativa urbanística, lo que ha dado lugar a la apertura de un expediente sancionador. Esta medida podría resultar en una multa de hasta el 50% del valor de las obras ejecutadas sin la debida licencia, una decisión que aún está en proceso de determinación por parte de los técnicos municipales.

Proceso de restauración de la legalidad urbanística

En respuesta a esta situación, el departamento de Urbanismo ha enviado a la empresa MPT Alicante S. L. un decreto de incoación de expediente de restauración de la legalidad urbanística. Se le ha concedido un plazo de 10 días para presentar sus alegaciones y colaborar en el proceso de regularización de la situación.

Enfrentarse a un expediente que involucra medidas de restauración puede ser un desafío para cualquier propietario. Según la Lotup, estas acciones pueden ir desde la demolición de construcciones ilegales hasta la devolución de los terrenos a su estado original. En el caso actual, el Consistorio aún no ha definido las medidas a aplicar, optando por posponer la decisión hasta más adelante, luego del período de presentación y resolución de alegaciones.

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Informe del Departamento Técnico de Control de Obras

Ambos decretos se basan en el informe emitido por el Departamento Técnico de Control de Obras, fechado el 10 de julio pasado. Este informe destaca que se ha excedido en dos plantas respecto a la licencia originalmente concedida y en una planta por encima del límite máximo permitido por la normativa urbanística actual. Este aumento en el volumen de construcción también implica un exceso en la edificabilidad, superando los límites establecidos por la normativa vigente.

En una reciente declaración ante los medios, el alcalde de Alicante, Luis Barcala, anunció las medidas que el Ayuntamiento debe tomar en relación con ciertas actuaciones. Según Barcala, es imperativo iniciar el proceso de restablecimiento de la legalidad urbanística, así como abrir un expediente disciplinario y sancionador.

Procesos en marcha en el Ayuntamiento de Alicante

La concejala de Urbanismo, Rocío Gómez, también emitió un comunicado de prensa detallando la situación. Según Gómez, además de la paralización de las obras comunicada a MPT Alicante S.L., se están llevando a cabo dos expedientes adicionales. Estos procedimientos incluyen el proceso para restablecer la legalidad urbanística y la imposición de una multa por una falta grave contemplada en la Lotup.

Proceso de restablecimiento de la legalidad urbanística

  • Apertura del expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística.
  • Comunicación a la empresa sobre la falta grave y la imposición de una multa.
  • Establecimiento de un plazo para que la empresa presente sus alegaciones.

Estos pasos son fundamentales para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes y mantener el orden en el desarrollo urbano de la ciudad. La transparencia y la aplicación justa de las leyes son pilares clave en la gestión municipal.

En este artículo, vamos a hablar sobre el procedimiento establecido en el decreto que afecta a la modificación puntual número 4 del Plan Parcial del sector PE/APA-9 Vistahermosa en Alicante. Este decreto tiene implicaciones importantes para la legalización de ciertas obras en la zona, por lo que es crucial entender su alcance y consecuencias.

Implicaciones del Decreto en la Legalización de Obras

El decreto en cuestión establece que la existencia del expediente de modificación puntual número 4 del Plan Parcial del sector PE/APA-9 Vistahermosa, que aborda el cambio de calificación de la parcela M-15, a terciario especial, tiene un impacto significativo en la posible legalización de las obras en esa ubicación. En particular, la modificación puntual número 42 del Plan General Municipal de Ordenación de Alicante, actualmente en fase de tramitación, juega un papel crucial en este proceso.

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Se enfatiza que sin la resolución favorable de la modificación del instrumento de planeamiento y la posterior tramitación de la modificación de la licencia de edificación otorgada en 2022, la continuación de las obras en ejecución, específicamente en las plantas tercera y cuarta de la edificación, se vería impedida. En la situación actual, estas obras serían consideradas ilegalizables, lo que lleva a la necesidad de iniciar un expediente de restauración de la legalidad urbanística.

Pasos a Seguir

  • Es crucial obtener una resolución favorable para la modificación del instrumento de planeamiento.
  • La posterior tramitación de la modificación de la licencia de edificación es necesaria para la continuación de las obras en ejecución.
  • En caso de no cumplir con los requisitos establecidos, se procederá a iniciar un expediente de restauración de la legalidad urbanística.

En resumen, es fundamental cumplir con los procesos y requisitos establecidos en el decreto para garantizar la legalización de las obras en el sector PE/APA-9 Vistahermosa. Mantenerse al tanto de estas regulaciones es clave para evitar complicaciones legales y garantizar el cumplimiento normativo en el desarrollo urbano de la zona.

En el ámbito de la normativa urbanística, es fundamental comprender las disposiciones legales que rigen las actuaciones relacionadas con la restauración y regularización de construcciones. Uno de los puntos centrales de interés es el artículo 257.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad Valenciana (Lotup).

Restauración según el artículo 257.1 de la Lotup

Según lo establecido en el artículo 257.1 de la Lotup, las operaciones de restauración pueden implicar diversas acciones dependiendo de la naturaleza de la actuación en cuestión. Estas acciones pueden abarcar desde la demolición de edificaciones construidas ilegalmente hasta la reconstrucción de lo demolido de forma indebida. Asimismo, se contempla la realización de todas las operaciones necesarias para restituir físicamente los terrenos, edificaciones o usos a su estado anterior a la infracción cometida.

En el contexto específico de las obras del hospital en Vistahermosa, actualmente no se han definido las acciones concretas de restauración. Estas medidas se determinarán posteriormente, una vez transcurrido el plazo establecido para la presentación y resolución de posibles alegaciones.

Expediente sancionador a MPT Alicante, S. L.

Por otro lado, se ha iniciado un procedimiento sancionador simplificado contra MPT Alicante, S. L. por la presunta comisión de una infracción grave, tal como se contempla en el artículo 265.2 del Texto Refundido de la Lotup. En este sentido, se le ha concedido un plazo de cinco días para que pueda formular las alegaciones pertinentes en su defensa.

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Es esencial estar al tanto de estas disposiciones legales y procedimientos administrativos para garantizar el cumplimiento de la normativa urbanística vigente y favorecer un desarrollo urbano ordenado y sostenible en la Comunidad Valenciana.


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